Todas las empresas disponen de un crédito destinado a la formación de sus trabajadores que coticen por la contingencia de formación profesional. Esto se aplica a empresas privadas o de capital mixto con independencia de su tamaño y sector, que tengan asalariados en su plantilla que coticen por formación profesional. El crédito está destinado exclusivamente a la formación de sus trabajadores, que puede ser tanto transversal como específica y que podrán hacer efectivo mediante la aplicación de bonificaciones a la Seguridad Social. Este crédito sólo está disponible durante el año natural, excepto en el caso de las empresas de menos de 50 empleados, que pueden reservar el crédito de formación no dispuesto en un ejercicio y acumularlo en los dos ​ejercicios siguientes. Dicha voluntad deben comunicarla a través del aplicativo de FUNDAE antes del 1 de Julio. En caso contrario, la cuantía no consumida a final de año se considerará desestimada por la empresa y se perderá.

En INDESPRE te ofrecemos sacar el máximo partido a este crédito gestionado por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, FUNDAE, obteniendo por ello tu empresa una mayor rentabilidad de sus recursos y la mejor calidad en la formación de sus diferentes perfiles profesionales.

Este tipo de formación es totalmente gratuita para los trabajadores y es la empresa quien inicialmente tiene que hacerse cargo de los costes asociados a la acción formativa (docente, instalaciones, manuales, licencias e-learning, campus virtual, etc.), costes que le serán devueltos en forma de bonificación en los Seguros Sociales siempre que se cumpla con los requisitos de impartición (total de horas de formación, número de horas lectivas al día, porcentaje de dedicación dentro de la jornada laboral, horas de conexión en los cursos online, etc.) y finalización del curso y se gestione correctamente ante la FUNDAE.

Todos nuestros cursos son bonificables.

¿Qué empresas pueden utilizar este sistema?

Todas las empresas, cualquiera que sea su tamaño o actividad, que tengan al menos un centro de trabajo en territorio español y coticen dentro de contingencias profesionales por Formación Profesional.

¿Qué trabajadores pueden beneficiarse de esta formación?

Todos los trabajadores que coticen por la contingencia de Formación Profesional en empresas privadas o entidades públicas empresariales. Quedan excluidos los funcionarios y los autónomos.

¿Cómo se accede a las bonificaciones?

Para acceder a este sistema de formación, la empresa tiene dos opciones:

  • De forma directa: la propia empresa tramita, gestiona y controla las acciones formativas.
  • A través de entidades organizadoras. INDESPRE es entidad organizadora desde el año 2004.

¿Cómo conozco mi crédito?

Todas las empresas disponen de una cuantía para invertir en formación a lo largo del año, si no se utiliza en el año natural se pierde. En INDESPRE podemos calcular su crédito. Si la empresa es de 1 a 5 trabajadores dispone de una cantidad fija de 420 €. A partir de ahí, el crédito se calcula en base a lo cotizado por formación profesional y según la plantilla media de la empresa.

La ecuación sería: Crédito = (cuantía ingresada por formación profesional x 0,7%) x (% bonificación según plantilla*).

Plantilla media * Porcentaje
1 a 9 100%
10 a 49 75%
50 a 249 60%
Más de 250 50%

Cuota De Formación Profesional Del Año Anterior

Esta cuota se calcula sumando todas las Bases de Cotización de Contingencias Profesionales de los últimos 12 meses, que corresponden a la casilla 501 (Desempleo, Fondo Garantía Salarial y Formación Profesional) de cada TC1. A dicha suma hay que aplicarle el 0,7% y esa es la cuota anual de formación profesional.

Plantilla Media Año Anterior

La plantilla de la empresa se calcula sumando el número de trabajadores incluidos en los boletines de cotización de los últimos 12 meses, y dividiendo el resultado entre 12 (por si ha habido variación en el número de trabajadores a lo largo del año).

¿Cómo se aplican las bonificaciones?

Al terminar la formación y cumplir con los trámites administrativos, se comunica telemáticamente el cierre del curso a la Fundación Tripartita. A partir de ese momento, la empresa puede solicitar la bonificación en el próximo documento de cotización a presentar bien a través del sistema RED o bien a través del TC que presente a la Seguridad Social.

PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD, IMPARTICIÓN Y BONIFICACIÓN

En INDESPRE Formación hemos automatizado la solicitud de cursos bonificados a través de nuestra página web.

Si está interesado en realizar un curso bonificado, deberá acceder a la ficha del curso y realizar la solicitud desde el botón de BONIFICAR CURSO, situado en la parte inferior derecha de la pantalla.

El proceso de preinscripción le va a guiar por los distintos formularios que deberá completar para solicitar el curso y para que INDESPRE Formación gestione la comunicación con la Fundación en su nombre como Entidad Externa. Le recordamos que este servicio es gratuito.

Una vez completados los formularios, se le enviará por correo electrónico la documentación necesaria ya cumplimentada con los datos que nos haya indicado. Ésta es:

3.1 Adhesión al Contrato de encomienda de organización de los servicios de formación

Las empresas interesadas en ofrecer a sus trabajadores los cursos de INDESPRE Formación deberán adherirse al contrato cumplimentando el Anexo de Adhesión. Dicho Anexo debe ser firmado por el Representante Legal de la empresa y debe ir sellado.

3.2 Solicitud de Inscripción a cursos

Con los datos introducidos sobre el trabajador que realizará el curso, recibirá la Ficha de Solicitud del curso cumplimentada para enviarla a INDESPRE Formación firmada y sellada.

3.3 Informe al Representante Legal de los Trabajadores

En el caso de que exista Representación Legal de los Trabajadores debe cumplirse con el requisito de información. Los formularios que vaya completando generarán en caso de ser necesario el informe que el Representante Legal de los Trabajadores (RLT) deberá firmar y sellar. Igualmente deberá remitirlo a INDESPRE Formación.

3.4 Envío de Factura y Pago de las matrículas

INDESPRE enviará a la empresa la factura correspondiente a las inscripciones solicitadas, a fin de que la empresa proceda al abono del importe correspondiente a través de transferencia bancaria a la cuenta especificada en dicha factura.

3.5 Envío de claves de acceso y comienzo de los cursos

INDESPRE comunicará a la empresa la aceptación de las acciones formativas solicitadas enviando las claves de acceso de cada trabajador a los cursos en los que esté matriculado. Deben transcurrir 7 días naturales desde el alta (una vez realizada la transferencia) hasta el inicio del curso, por requisito expreso de la Fundación para la Formación en el Empleo.

Las fechas de inicio y fin de la acción formativa son comunicadas al inicio a la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo y son inamovibles, por este motivo, el alumno no dispone de prórroga posible en los plazos de realización del curso.

El plazo límite de realización de los cursos se estima en tres meses, siempre que este plazo se encuentre dentro del mismo año natural, ya que todas las acciones formativas deberán finalizar antes del 31 de diciembre del año en curso para poder aplicar las bonificaciones.

En caso de cursos a realizar en los últimos dos meses del año, se evaluará la posibilidad de realizarlos dentro del año o aplazarlos para el siguiente ejercicio. Las acciones formativas a bonificar no podrán ocupar en ningún caso más de un año natural.

3.6 Evaluación de la Calidad y Certificado de Realización

Una vez finalizada la acción formativa, y tal como establece la normativa vigente INDESPRE Formación incluye en sus cursos un Cuestionario de Evaluación de la Calidad de las Acciones de Formación Continua en las Empresas, que deberá ser cumplimentado por cada alumno.

Asimismo y como se establece en la mencionada Orden, INDESPRE Formación enviará un Certificado de Realización de la acción formativa (diploma).

3.7 Aplicación de las Bonificaciones

Para que se pueda bonificar la acción formativa, el alumno debe realizar al menos el 75% del curso dentro de los plazos comunicados a la Fundación al iniciar la acción. En cualquier caso, para poder bonificarlo, no se pueden registrar entradas al curso posteriores a la fecha de finalización comunicada, por lo que se recomienda completar el curso en el tiempo indicado.

Las bonificaciones en las cotizaciones de las Seguridad Social se aplicarán en la forma establecida por la Tesorería General de la Seguridad Social, a partir del Boletín de Cotización correspondiente al mes en el que hayan finalizado los alumnos la acción formativa (1), y como máximo en el correspondiente al mes de diciembre.

(1) La TGSS ha establecido un medio de presentación a través del sistema RED

Las empresas deberán aplicar el importe de la Bonificación en la casilla 601 del TC1 (Suma de Bonificaciones/subvenciones) bajo el concepto denominado “Bonificación INEM Formación Continua” casilla 763. Esta bonificación no está asociada a datos de ningún trabajador y su importe se acumulará, de forma automática, en la casilla 601.

Compromiso INDESPRE. Te damos la garantía que necesitas:

Garantía IndespreCompromiso INDESPRE: Riesgo Cero. La garantía “COMPROMISO INDESPRE: RIESGO CERO” consiste en asegurar que los cursos de Formación Programada o Bonificada que las empresas realicen con nosotros serán bonificables. En el caso de que finalmente se reduzca parcial o totalmente la cuantía bonificable, por alguna causa debida a INDESPRE, devolvemos el importe de la bonificación que no haya podido ser aplicada. 

Nuestro objetivo es garantizar la calidad de nuestros servicios, y proporcionar a las empresas la confianza y tranquilidad necesarias para utilizar su crédito disponible para Formación Programada sin correr ningún riesgo. 

¿Qué es el Compromiso INDESPRE: Riesgo Cero?

La garantía “COMPROMISO INDESPRE: RIESGO CERO” consiste en asegurar que los cursos de Formación Programada o Bonificada que las empresas realicen con nosotros serán bonificables. En el caso de que finalmente se reduzca parcial o totalmente la cuantía bonificable, por alguna causa debida a INDESPRE, devolvemos el importe de la bonificación que no haya podido ser aplicada. 

Nuestro objetivo es garantizar la calidad de nuestros servicios, y proporcionar a las empresas la confianza y tranquilidad necesarias para utilizar su crédito disponible para Formación Programada sin correr ningún riesgo. 

Funciones de INDESPRE:

  • Velar que la formación y temática del curso sea susceptible de ser bonificada en función de la actividad de la empresa.
  • Que la plataforma de teleformación cumpla con los requisitos exigidos por FUNDAE, y que esté activa para facilitar las actuaciones de seguimiento y control de la administración competente durante todo el periodo de ejecución de la iniciativa, y hasta un mes después de la presentación del último boletín de cotización del ejercicio correspondiente.
  • Que el tutor del curso cumpla con los requisitos exigidos por FUNDAE.
  • Que el contenido del curso, las guías didácticas y demás material del curso cumpla con los requisitos exigidos por FUNDAE.
  • Comprobar el crédito disponible por la empresa para realizar la Formación Programada.
  • Dar de alta la empresa en FUNDAE.
  • Comunicar el inicio y finalización del curso ante FUNDAE, así como cualquier otra comunicación necesaria que nos sea comunicada previamente.
  • Realizar la evaluación o encuesta de calidad al trabajador establecida por FUNDAE.
  • Enviar el diploma de aprovechamiento del curso al trabajador en el caso de que supere los requisitos mínimos establecidos para su obtención.
  • Que el número de participantes en el curso no supere los límites establecidos.
  • Hacer un seguimiento y control de la formación realizada por el trabajador para comprobar que cumpla los requisitos mínimos para obtener el diploma.
  • Facturar la formación, informar del importe a bonificar, del TC en el que se debe aplicar, y remitir a la empresa el informe de FUNDAE al respecto.
  • Custodiar la documentación justificativa de la formación durante al menos 4 años.
  • Conservar la documentación/soporte acreditativo del curso durante al menos 4 años.

En el caso de que el motivo de no poder bonificar el curso, total o parcialmente, se deba a causas ajenas a Grupo INDESPRE, no aplicará la garantía “Compromiso INDESPRE: Riesgo Cero”. En concreto, la garantía NO aplicará, entre otros, en los siguientes casos:

  • Cuando el trabajador no finalice o no cumpla los requisitos mínimos de superación del curso, aún habiendo sido avisado previamente por Grupo INDESPRE, a través de la plataforma de formación, por teléfono, correo electrónico o cualquier otro medio de comunicación que Grupo INDESPRE considere.
  • Cuando la empresa no disponga de crédito suficiente para bonificar el curso por haberlo consumido posteriormente a que le hayamos informado de cuál era su crédito disponible, cuál sería el importe del curso y haber aceptado nuestra propuesta económica.
  • Cuando los datos sobre la empresa y/o el trabajador que comunique Grupo INDESPRE no fueran correctos, ya sea por omisión o error en los mismos, cuando así se le hayan facilitado en la plantilla de datos, en el Anexo 1 y en el Anexo 3.
  • Cuando el trabajador no se conecte al curso durante su jornada laboral el tiempo indicado por Grupo INDESPRE al inicio del curso. El tiempo indicado dependerá de que exista o no Cofinanciación por parte de la empresa y de la información facilitada a Grupo INDESPRE en la plantilla de datos (documento donde la empresa indicará si el trabajador realizará la formación dentro de su horario laboral o fuera y dentro del mismo).
  • Cuando el importe a bonificar o el TC en el que se aplique la bonificación no sea el remitido por Grupo INDESPRE a la empresa.
  • Cuando la empresa no esté al corriente en cuanto a sus obligaciones ante la Agencia Tributaria y la Seguridad Social para poder aplicar la bonificación.
  • Cuando la empresa no haya abonado el importe de las facturas emitidas por la formación antes de que se realice la bonificación, y siempre antes del último día hábil para la presentación del boletín de cotización del mes de diciembre del ejercicio económico en curso.
  • Por cualquier otro motivo ajeno a Grupo INDESPRE y/o que no esté contemplado en la garantía Compromiso INDESPRE: Riesgo Cero como responsabilidad de Grupo INDESPRE.